
Concepto de pasajero
Se considera pasajero a toda persona que introduzca mercancías de comercio exterior a su llegada al país o al transitar en la franja o región fronteriza al resto del territorio nacional.
Mercancías que integran el equipaje de un pasajero (nuevas o usadas)
- Bienes de uso personal, como ropa, calzado, productos de aseo personal, de belleza acordes a la duración del viaje.
- Artículos para bebe acordes con el viaje, 2 cámaras fotográficas o de vídeo, tres equipos portátiles de telefonía celular, 1 gps, 1 agenda electrónica, u equipo de computo, 1 copiadora o 1 impresora, 1 quemador, 1 proyector portátil con sus respectivos accesorios.
- 2 equipos deportivos personales, cuatro cañas de pescar, una caminadora y una bicicleta, 1 aparato reproductor portátil de sonido, reproductor compacto de CD, 1 juego de bocinas portátiles, libros, revistas y documentos impresos, cinco juguetes, 1 consola de vídeo juegos y hasta 5 vídeo juegos.
- 1 aparato para medir presión arterial, 1 para medir glucosa, medicamentos de uso personal, si se trata de pasajeros mayores de 18 años hasta 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco y hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y 6 litros de vino, un binocular y un telescopio, 1 tienda de campaña y artículos para campamento.
- Hasta 2 perros o gatos y sus accesorios de traslado y aseo presentando el certificado de importación zoosanitaria expedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
fuente: sat.gob.mx
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