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El Seguro Social celebra el día mundial de la seguridad y la salud laboral en México

IMSS digital
IMSS digital

Amigos de la industria maquiladora el IMSS se ha dado a la tarea de migrar poco a poco hacia las nuevas tecnologías de la información, desde internet puedes realizar por ahora algunos tramites sobre tu seguridad social.

Las instituciones Mexicanas se han volcado a trabajar en  plataformas digitales en beneficio de los usuarios, debemos de acostumbrarnos y no caer en la desesperación si es que no sabemos como usar estas nuevas tecnologías, deseamos una velocidad máxima de respuesta en estas plataformas y tal vez nuestros equipos no tengan esa capacidad que exijo a las instituciones.

Seguridad y Salud ocupacional desde el IMSS.

Los requisitos para tener pensión por incapacidad permanente en el seguro social Mexicano

Ley Seguro SocialLa pensión por Incapacidad Permanente se otorga a un asegurado que sufre un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo y esto le ocasiona la pérdida de sus facultades, aptitudes o disminución permanente parcial o total en su capacidad física o mental para realizar su trabajo.

Requisitos para derecho a Incapacidad Permanente

  1. Que los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo del Instituto califiquen el accidente de trabajo en el formato «ST-3» (dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgo de trabajo), trámite que deberá iniciar en la Unidad de Medicina Familiar que al asegurado le corresponda.
  2. Que los Servicios de Prestaciones Económicas cuenten con el formato «ST-3» (dictamen de incapacidad permanente o defunción por riesgo de trabajo).
  3. El asegurado se encuentre vigente en sus derechos.Documentos que debe entregar el asegurado:
  1. Identificación oficial con fotografía y firma (credencial para votar o cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte o cédula profesional o Credencial ADIMSS), tratándose de extranjeros pasaporte o Forma Migratoria, original y copia para cotejo.
  2. Documento que contenga el número de seguridad social expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE, no necesario cuando presente la Credencial ADIMSS, original y copia para cotejo.
  3. Copia certificada expedida por el Registro Civil de acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento, original se queda en el expediente. Si se trata de documento en idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las Universidades o Instituciones autorizadas para ello.
  4. Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.
  5. Documento de AFORE: estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual con una antigüedad no mayor a los 6 meses previos a la fecha de la solicitud o contrato firmado con la AFORE, solo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997, original y copia para cotejo.
  6. Comprobante de domicilio de reciente expedición, no mayor de tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud: de agua, luz, teléfono (no de celular), recibo de gas, boleta de predial (bimestral o anual del ejercicio vigente), no es necesario que el comprobante esté a nombre del solicitante, original y copia para cotejo. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.
Se debe presentar personalmente la solicitud de pensión en la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda.En caso de incapacidad permanente total, si se cuenta con beneficiarios como, esposa, hijos, o a falta de estos los padres consultar el siguiente link:

Plazo máximo de resolución del trámite es de 21 días naturales para casos de Ley del Seguro Social 1973 y 30 días naturales para casos de Ley del Seguro Social Ley 1997.

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