Muy buen y feliz inicio de semana amig@s, iniciamos con información del diccionario de
comercio exterior,
Reynosa Blogs les desea una semana llena de éxitos económicos y laborales.
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Arrendamiento de un Buque (Ship Chartering): Contrato que tiene por objeto el uso y disfrute de un buque por parte del arrendatario. Hay 2 modalidades: fletamento por tiempo y fletamento a casco desnudo (con o sin tripulación).
Barreras arancelarias (Customs Duties Barriers, Tariff Barriers): Derechos de aduana que gravan la importación de mercancías procedentes de países extranjeros.
Carga (Load, Loading): Conjunto de acciones y manipulaciones desde que las mercancías se encuentran apiladas en el almacén del recinto portuario hasta que quedan en el gancho de la grúa. Los gastos de carga y descarga suelen ser por cuenta del fletador.
Desestiba (Unstowage): Transporte marítimo. Tomar cargamento de la bodega o cubierta de carga hasta colocarlo al alcance del gancho de la grúa del buque, elevarlo y trasladarlo hasta la vertical del costado del buque.
Flete – Fletamento (Chartering): Contrato consensual por el que una persona física o jurídica (fletante o armador), pone a disposición de otra (fletador), un buque determinado para realizar uno o mas viajes, recibiendo en pago el precio convenido (flete).
Importación temporal (Temporary Import): Procedimiento que permite introducir en un país mercancías para su posterior reexpedición al extranjero o a puerto, zona o depósito franco. Algunas mercancías admitidas en este régimen son: 1.- Material profesional, 2.- Mercancías para ser expuestas en ferias, congresos o similares, 3.- Material pedagógico y científico sin fines comerciales, 4.- Efectos personales del viajero, 5.- Material de tipo cultural, recreativo, religioso, etc. 6.- Material destinado a la tripulación de un buque, 7.- Animales vivos importados para su educación, entrenamiento o reproducción, 8.- Mercancías que hayan de reexpedirse con igual destino, sin haber sufrido transformación o modificación (si lo autoriza la Dirección General de Comercio Exterior o la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales). Vía: comercioexterior.es
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