Medicamentos en cantidades necesarias para la duración del viaje.
Leche, jugo y alimentos para bebe, solo si el menor va a bordo.
Productos para necesidades dietéticas.
Cilindros de oxigeno gaseoso de uso medicinal, con prescripción medica obligatoria.
Discos compactos.
Computadoras portátiles.
Ropa y calzado.
Líquidos, geles y aerosoles para uso cosmético o de higiene personal en envases individuales no superiores a 100 ml. o su equivalente en bolsa de plástico resellable de 20 X 20 cm y en una cantidad total no superior a 1 litro por pasajero.
En cuanto a bebidas alcohólicas el pasajero podrá llevar hasta 5 litros en equipaje de mano siempre y cuando se hayan comprado en locales ubicados en lo aeropuertos, las que no lo sean necesariamente deberán viajar en el equipaje documentado.
